Se ha publicado en el BOE la Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, por la que se regulan las especialidades del Cuerpo de Guardia Civil, para
garantizar el adecuado desempeño de los cometidos en áreas de actividad concretas que requieren de competencias específicas derivadas tanto de su función, como de la especificidad de los medios y de las técnicas. El listado completo las estructura en 21 grupos, divididos en varias modalidades cuando se requiere.
Esta Orden supone un cambio en tres aspectos respecto a la normativa anterior. En primer lugar, obliga a acreditar una cualificación específica como requisito fundamental para la obtención de una especialidad.
Otra diferencia respecto a la norma anterior reside en la posibilidad de compatibilizar varias especialidades por parte de unidades que lo requieran por la función que llevan a cabo.
Por último, define nuevas especialidades y transforma su organización, articulándolas en diversas modalidades y niveles que cubran la diversidad de sus labores.
En el anexo del documento, figuran las fichas de cada especialidad de Guardia Civil, sus escalas y empleos de obtención y ocupación, las limitaciones de edad para el acceso o la permanencia en ellas, las pruebas y condiciones de mantenimiento o la compatibilidad con otras especialidades, entre otros.
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